Artículo 12. Responsable de Registro del Organismo de Certificación.
Artículo 12 de la Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información. · BOE-A-2007-16830
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-26.
Texto consolidado
Corresponde al Responsable de Registro del Organismo de Certificación, la gestión y custodia de los registros de calidad, seguridad, certificación y acreditación, manejados por el Organismo de Certificación.
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