Artículo 12. Infracciones y sanciones.
Artículo 12 de la Orden de 30 de mayo de 2001 por la que se regula la pesca de la langosta "Palinurus spp." en las aguas exteriores próximas a las Illes Balears. · BOE-A-2001-11324
Atención: BOE-A-2001-11324 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Orden será sancionado de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca marítima del Estado.