Artículo 12. Otras autorizaciones.
Artículo 12 de la Ley 8/2023, de 29 de junio, de lugares o centros de culto y diversidad religiosa en la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2023-17646
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-08-08.
Texto consolidado
Cuando en los lugares o centros de culto se lleven a cabo actividades diferentes de las propias de tales lugares o centros de culto deberán disponer de las autorizaciones establecidas por la normativa sectorial que les sea de aplicación.
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