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Ley Derogada

Artículo 116. Supervisión e inspección.

Artículo 116 de la Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2006-21821

Atención: Ley 17/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Administración de la comunidad autónoma, a través de la consejería competente en materia de personas menores de edad, ejercerá las funciones de inspección para garantizar que la actuación de los centros y sus profesionales se lleve a cabo con respeto a los derechos y garantías de las personas menores de edad internadas.

2. Las personas menores de edad podrán solicitar comunicación con el órgano de inspección competente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-08.

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