Artículo 114. Fomento de la ordenación de montes.
Artículo 114 de la Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía. · BOE-A-2026-7559
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-09.
Texto consolidado
La Administración forestal andaluza impulsará técnica y económicamente la ordenación de montes, como planificación básica de la gestión forestal sostenible.