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Ley Vigente

Artículo 113. La adopción.

Artículo 113 de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía. · BOE-A-2021-13605

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

Texto consolidado

La adopción se promoverá por la Administración de la Junta de Andalucía cuando las circunstancias aconsejen la separación definitiva de la niña, niño o adolescente de su familia de origen, carezca de ella, se desconozca su existencia, o se acredite la imposibilidad de la reunificación familiar. En estos casos, la adopción se propondrá de forma prioritaria para las niñas y niños menores de siete años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

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