Artículo 113. Inventario Regional de Bancos de Material Biológico y Genético de especies silvestres.
Artículo 113 de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León. · BOE-A-2015-4103
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-19.
Texto consolidado
1. Se crea el Inventario Regional de Bancos de Material Biológico y Genético de especies silvestres, como registro público dependiente de la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural en el que se recogerá la información actualizada sobre las colecciones científicas y de material biológico y genético de fauna y flora silvestres existentes en Castilla y León.
2. Mediante orden de la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural se establecerá su régimen funcionamiento, inscripción, mantenimiento y acceso a su contenido.