Artículo 113. Naturaleza.
Artículo 113 de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña. · BOE-A-2006-2452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-03.
Texto consolidado
1. El Consejo del Audiovisual de Cataluña actúa como autoridad reguladora y ejecutiva dotada de plena independencia con respecto al Gobierno y las administraciones públicas para el ejercicio de sus funciones. Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar en el ámbito del derecho público y privado. Goza de autonomía organizativa, de funcionamiento y presupuestaria, de acuerdo con la ley.
2. El Consejo del Audiovisual de Cataluña se rige por el que establecen la presente ley y la ley específica que lo regula.