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Ley Derogada

Artículo 111. Infracciones leves.

Artículo 111 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco. · BOE-A-2011-20036

Atención: Ley 3/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se considerarán infracciones leves las señaladas en los artículos anteriores como muy graves o graves, cuando por su escasa incidencia sobre las personas, sus bienes o el medio ambiente no se den los supuestos para dicha calificación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-06-27.

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