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Ley Vigente

Artículo 110. Infracciones graves.

Artículo 110 de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears. · BOE-A-2013-12688

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-03.

Texto consolidado

Se consideran infracciones graves:

a) Obstruir las tareas de inspección o de recogida de muestras.

b) Incumplir las normas electorales o los requerimientos efectuados en el proceso electoral por la administración pesquera a las cofradías de pescadores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-12-03.

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