Artículo 110. Objetivos del control interno de la gestión económico-financiera.
Artículo 110 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2015-6017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.
Texto consolidado
Los objetivos del control interno que regula este capítulo son los siguientes:
a) Verificar el cumplimiento de la normativa aplicable en la gestión que sea objeto del control.
b) Verificar el registro y la contabilización adecuados de las operaciones.
c) Evaluar que la actividad y los procedimientos se llevan a cabo de acuerdo con el principio de buena gestión financiera y, especialmente, de acuerdo con los principios establecidos en la Ley Orgánica 2/2012.
d) Verificar el cumplimiento de los objetivos asignados a los centros gestores de gasto, de acuerdo con los presupuestos generales de la comunidad autónoma.