El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 11. Informes, actas, requerimientos y protocolos.

Artículo 11 del Real Decreto 68/2026, de 4 de febrero, por el que se regula la inspección educativa. · BOE-A-2026-2622

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-25.

Texto consolidado

1. Los documentos formalizados por los inspectores y las inspectoras de educación en el ámbito de sus funciones y atribuciones, entre los que se encuentran informes y actas, así como los hechos recogidos como constatados en ellos, gozarán de presunción de veracidad y carácter probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de sus legítimos derechos o intereses puedan aportar las personas interesadas. Salvo disposición expresa que indique lo contrario los informes serán no vinculantes.

2. Los requerimientos permiten a los inspectores y las inspectoras de educación instar a las personas responsables de los centros, servicios y programas, así como a los miembros de la comunidad educativa, a que adecuen sus actuaciones, organización y funcionamiento a la normativa vigente.

3. Las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, podrán diseñar protocolos u otras herramientas que permitan una actuación unificada de la función inspectora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-02-25.

Más artículos de Real Decreto 68/2026

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 68/2026 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.