El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 12. Requisitos generales.

Artículo 12 del Real Decreto 68/2026, de 4 de febrero, por el que se regula la inspección educativa. · BOE-A-2026-2622

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-25.

Texto consolidado

1. Para participar en los procedimientos selectivos se deberán cumplir las condiciones generales siguientes:

a) Tener la nacionalidad española o estar en alguna de las situaciones previstas en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, o ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo, sobre libre circulación de trabajadores y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

b) No haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

c) No padecer afectación incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo a que se opta.

d) No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas.

e) Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) No ser personal funcionario de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, ni estar en prácticas o pendiente del correspondiente nombramiento como personal funcionario de carrera de dicho cuerpo.

g) Acreditar, en su caso, el conocimiento de la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma convocante, de acuerdo con su normativa.

2. Todas las condiciones y requisitos enumerados deberán reunirse en la fecha en que finalicen los plazos de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión como personal funcionario de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-02-25.

Más artículos de Real Decreto 68/2026

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 68/2026 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.