Artículo 11. Planes de auditoría y supervisión a los agentes de control.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-02.
Texto consolidado
Las autoridades competentes de las comunidades autónomas establecerán un plan de auditoría y supervisión en su territorio para comprobar el cumplimiento de las obligaciones del artículo 9.
Más artículos de Real Decreto 387/2021
- ← Artículo 10. Autorización y registro de agentes de control.
- → Artículo 12. Obligaciones y responsabilidades.
- Ver la norma completa: Real Decreto 387/2021, de 1 de junio, por el que se regula el régimen de certificación fitosanitaria oficial para la exportación de vegetales y productos vegetales y se modifica el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.