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Real Decreto Vigente

Artículo 11. De las competencias de la Junta General.

Artículo 11 del Real Decreto 3428/2000, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Químicos y de su Consejo General. · BOE-A-2001-336

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-05.

Texto consolidado

Corresponde a la Junta General:

a) Aprobar los Estatutos del Colegio y sus modificaciones, que se someterán al procedimiento definitivo de aprobación que, en cada caso, corresponda.

b) Aprobar los presupuestos y las cuentas anuales y la gestión de la Junta Directiva.

c) Tomar los acuerdos de enajenación patrimonial y de emisión de empréstitos y obligaciones, con o sin garantía real, y todo acto de contenido económico cuya cuantía exceda de la cuarta parte del presupuesto de gastos del ejercicio.

d) Adoptar las normas generales a seguir en materia de competencia del Colegio.

e) Aprobar las proposiciones que, a iniciativa de la Junta Directiva o del 10 por 100 de los colegiados, figuren en el orden del día.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-01-05.

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