Artículo 11. Definiciones contenidas en las tarifas generales.
Artículo 11 de la Orden CUD/330/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba la metodología para la determinación de las tarifas generales de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual por la utilización de su repertorio y el contenido de la memoria económica que debe acompañar a las tarifas generales. · BOE-A-2023-8580
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-06.
Texto consolidado
Las tarifas generales de las entidades de gestión contendrán un listado de definiciones de aquellos conceptos que sean de utilización para su determinación, para lo cual se empleará la terminología legalmente establecida en el ámbito de la gestión colectiva de derechos de autor y derechos conexos y, en particular, la terminología utilizada en el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y en la presente orden, y, en su defecto, la terminología de uso comúnmente admitida.
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