Artículo 11. Extinción de la licencia.
Artículo 11 de la Orden APA/62/2003, de 20 de enero, por la que se regula el ejercicio de la actividad pesquera con arte de almadraba y la concesión de las licencias. · BOE-A-2003-1490
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-25.
Texto consolidado
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en la presente Orden o en la licencia de pesca dará lugar a la extinción de la autorización.