Artículo 11. Órganos de la Administración electoral.
Artículo 11 de la Ley Foral 27/2002, de 28 de octubre, reguladora de Consultas Populares de ámbito local. · BOE-A-2002-22651
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-26.
Texto consolidado
Integran la Administración electoral la Junta Electoral de la Comunidad Foral de Navarra, la Junta Electoral de Zona y las Mesas electorales, que se regirán por las disposiciones de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General con las particularidades que se recogen en esta Ley Foral. Su intervención tiene como finalidad la de garantizar la objetividad y transparencia de la consulta así como el principio de igualdad en la emisión de los votos.