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Ley Foral Vigente

Artículo 10. Convocatoria.

Artículo 10 de la Ley Foral 27/2002, de 28 de octubre, reguladora de Consultas Populares de ámbito local. · BOE-A-2002-22651

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-26.

Texto consolidado

1. En los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación del otorgamiento de la autorización corresponde al Alcalde convocar la consulta popular mediante resolución que ha de contener los términos exactos de la consulta conforme a lo previsto en el artículo 8. Asimismo deberá señalar el día de la votación, que será un domingo o festivo entre los treinta y los cuarenta y cinco días siguientes a la convocatoria, y establecer la duración de la campaña de información.

2. La convocatoria habrá de ser publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» en el plazo máximo de diez días. Asimismo el Alcalde hará publicar la convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en los medios de comunicación de mayor difusión en el ámbito local correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-11-26.

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