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Ley Derogada

Artículo 11. Operaciones de fusión, escisión y disolución.

Artículo 11 de la Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia. · BOE-A-2012-549

Atención: Ley 9/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las operaciones de fusión o escisión de la Corporación RTVG requerirán el acuerdo favorable del Consejo de la Xunta.

2. La disolución de la Corporación RTVG requerirá el acuerdo favorable del Consejo de la Xunta, oído el Parlamento de Galicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-17.

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