Artículo 10. Cooperación.
Artículo 10 de la Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia. · BOE-A-2012-549
Atención: Ley 9/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para la mejor consecución de las funciones de servicio público audiovisual la Corporación RTVG podrá suscribir convenios de cooperación y colaboración con otras entidades de servicio público de noticias, radio y televisión, con las administraciones públicas o con las entidades de ellas dependientes.