Artículo 11. Características de la contratación para la adaptación sociolaboral.
Artículo 11 de la Ley 27/2002, de 20 de diciembre, de Medidas Legislativas para Regular las Empresas de Inserción Sociolaboral. · BOE-A-2003-990
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-23.
Texto consolidado
1. El contrato con el cual se vinculan una empresa de inserción y un trabajador o trabajadora sujeto a un convenio de inserción tiene como finalidad principal la integración laboral de esta persona mediante la prestación voluntaria de servicios retribuidos.
2. En todo caso, este tipo de contrato debe regirse por la legislación vigente en materia de contratación laboral.
3. En el caso de que la empresa de inserción sea una cooperativa y que el trabajador o trabajadora en proceso de inserción acceda a la condición de socio o socia de trabajo o de socio o socia trabajador, dada la competencia exclusiva de la Generalidad en esta materia, la relación contractual entre la empresa y el trabajador o trabajadora en proceso de inserción debe regirse por lo que determine la ley de cooperativas vigente, puesto que se trata de una relación societaria y no de una relación laboral.