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Ley Derogada

Artículo 107. Finalidad de las medidas.

Artículo 107 de la Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2006-21821

Atención: Ley 17/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La finalidad de las medidas será la de estimular el proceso evolutivo de la persona menor de edad, en aras a conseguir la superación de sus dificultades en el orden personal y social y recuperar los recursos de relación consigo misma y con el entorno. Asimismo, estará dirigida a procurar el desarrollo integral de la persona menor de edad y una efectiva inserción social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-08.

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