Artículo 104. Convocatorias a petición de miembro de Órgano de Gobierno.
Artículo 104 del Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General. · BOE-A-2002-1370
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-25.
Texto consolidado
Cuando la convocatoria se efectúe a petición de los miembros de un Órgano de Gobierno, dicha petición deberá indicar y fundamentar los puntos del orden del día a tratar.