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Real Decreto Vigente

Artículo 103. Convocatorias.

Artículo 103 del Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General. · BOE-A-2002-1370

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-25.

Texto consolidado

Las convocatorias de los Órganos de Gobierno del Consejo General serán realizadas:

a) El Pleno:

Por la Comisión Permanente y, en su nombre, el Presidente.

Por el Presidente cuando sea solicitado, al menos, por la tercera parte de sus miembros.

b) La Comisión Permanente:

Por el Presidente, de propia iniciativa.

Por el Presidente, a petición de la mitad, al menos, de sus miembros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-25.

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