Artículo 104. Coordinación de los servicios municipales.
Artículo 104 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares. · BOE-A-2022-13847
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-07.
Texto consolidado
En los municipios con población inferior a 20.000 habitantes, los consejos insulares coordinan o asumen la prestación de los servicios municipales en los términos establecidos en la legislación de régimen local.