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Ley Vigente

Artículo 105. Delegación de competencias municipales en los consejos insulares.

Artículo 105 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares. · BOE-A-2022-13847

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-07.

Texto consolidado

Cuando se den razones de eficacia y eficiencia debidamente justificadas en el expediente, los municipios y otras entidades locales pueden delegar el ejercicio de sus competencias en el consejo insular respectivo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-08-07.

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