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Ley Vigente

Artículo 104. Objetivos prioritarios de la restauración forestal.

Artículo 104 de la Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía. · BOE-A-2026-7559

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-09.

Texto consolidado

La restauración de ecosistemas forestales tendrá como objetivos prioritarios:

a) La recuperación de montes afectados por circunstancias adversas o eventos catastróficos y, con ello, su biodiversidad, los servicios asociados a estos sistemas naturales y su capacidad productiva.

b) La adaptación de la vegetación forestal al cambio climático y la conservación de la infraestructura verde como elemento de conectividad ecológica y estructural.

c) La defensa contra la erosión del suelo y los incendios forestales, para mejorar la calidad de los recursos hídricos, la estabilidad de los terrenos y la protección de infraestructuras de interés general mediante la diversificación en mosaico del paisaje.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-04-09.

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