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Ley Vigente

Artículo 100. Multas coercitivas.

Artículo 100 de la Ley 1/2024, de 11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia. · BOE-A-2024-2778

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-07.

Texto consolidado

En el supuesto de que la persona operadora alimentaria no realice las actividades ordenadas por la inspección o no aplique las medidas cautelares que se le impongan, el órgano competente para confirmar la medida cautelar podrá imponer multas coercitivas de hasta 3.000 euros, con una periodicidad de tres meses hasta el cumplimento total de las obligaciones impuestas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-02-07.

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