El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 10. Organización.

Artículo 10 del Real Decreto 531/2023, de 20 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas. · BOE-A-2023-14685

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-11.

Texto consolidado

Son funciones de organización:

a) Elaborar, aprobar y actualizar su reglamento de régimen interior.

b) Aprobar sus propios presupuestos y regular y fijar equitativamente las aportaciones de los colegios.

c) Administrar su patrimonio y disponer sobre sus derechos y bienes.

d) Implantar la ventanilla única de las organizaciones colegiales de ámbito territorial según el contenido descrito en el artículo 10 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.

e) Elaborar, aprobar y publicar en la página web del Consejo en el primer semestre de cada año la memoria anual del Consejo General en los términos que contempla la legislación vigente, a que se refiere el artículo 11 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero. A estos efectos, los colegios y, en su caso, los Consejos Autonómicos, facilitarán al Consejo General la información necesaria para su elaboración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-07-11.

Más artículos de Real Decreto 531/2023

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 531/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.