Artículo 10. Solicitudes de colegiación.
Artículo 10 del Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2024-7594
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-18.
Texto consolidado
1. Las solicitudes de incorporación serán aprobadas, suspendidas o denegadas por el Comité Ejecutivo de cada Colegio, previas las diligencias e informes que proceda, mediante resolución motivada contra la que cabrán los recursos previstos en los Estatutos de cada Colegio y en este Estatuto General.
2. Los Colegios de Protésicos no podrán denegar el ingreso en la corporación a quienes reúnan los requisitos establecidos en el artículo 9.