Artículo 10. Definición de pescador.
Artículo 10 de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León. · BOE-A-2013-13518
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-02.
Texto consolidado
Es pescador quien cumple los requisitos establecidos para el ejercicio de la pesca.