Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco. · BOE-A-2011-18152
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-04-01.
Texto consolidado
Considerando el derecho del País Vasco a tener un sistema nacional de educación, la presente ley tiene por objeto la regulación del sistema universitario vasco, considerado como parte del sistema educativo vasco, en el marco del sistema europeo de la enseñanza superior, en desarrollo de la competencia reconocida en el artículo 16 del Estatuto de Autonomía del País Vasco.