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Ley Vigente

Art. 9.

Art 9 de la Ley 15/1984, de 20 de marzo, del juego · BOE-A-1984-9840

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-19.

Texto consolidado

Quedan prohibidos a los menores de edad y a cualquier persona que presente síntomas de embriaguez o de enajenación mental, la práctica de juegos, el uso de máquinas recreativas con premio y azar y la participación en apuestas y, en cualquier caso, la entrada en los locales que específicamente se dediquen a ello. Las reglamentaciones especiales podrán determinar condiciones más rigurosas de acceso y de uso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-04-19.

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