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Ley Vigente

Art. 10.

Art 10 de la Ley 15/1984, de 20 de marzo, del juego · BOE-A-1984-9840

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-19.

Texto consolidado

1. Al objeto de garantizar el cumplimiento más exacto de lo que dispone la presente Ley, corresponderá al Departamento de Gobernación el control de los aspectos administrativos y técnicos del juego y de las Empresas y locales que se dediquen a él.

2. Con este fin se creará y organizará un servicio especial de inspectores de juego, que se integrará en la policía de la Generalidad en el momento oportuno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-04-19.

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