Art. 8.
Art 8 de la Ley 15/1984, de 20 de marzo, del juego · BOE-A-1984-9840
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-19.
Texto consolidado
Corresponderá al Departamento de Gobernación determinar las condiciones que deberá cumplir la publicidad de las actividades incluidas en el ámbito de la presente Ley.