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Real Decreto Vigente

Art. 71.

Art 71 del Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos. · BOE-A-1988-6186

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

Texto consolidado

1. En caso de cambio de titularidad el nuevo titular podrá seguir usando los mismos contrastes de origen, una vez cumpla los trámites de transferencia establecidos ante el Registro de la Propiedad Industrial, el cual procederá a la notificación prevista en el artículo 16.2 b) de este Reglamento.

2. En caso de pérdida de vigor de la marca el punzón de origen no podrá ser utilizado como contraste, por lo que los objetos marcados con el mismo serán considerados a todos los efectos como de origen desconocido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

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