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Orden Vigente 2 redacciones

Art. 4.°

Art 4 de la Orden de 17 de abril de 1989 por la que se aprueba el Reglamento de la Orden Civil de la Solidaridad Social. · BOE-A-1989-9741

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-22.

Texto consolidado

La Orden Civil de la Solidaridad podrá concederse en las categorías de: Gran Cruz, Cruz de plata sobredorada, Cruz de plata, cuyos distintivos tendrán el diseño siguiente:

El distintivo de la Orden tendrá unas dimensiones de 6 centímetros de alto por otros 6 centímetros de ancho, y su composición será la siguiente, para cada categoría:

A. Gran Cruz.

Venera sujeta par cinta color carmesí; al anverso, Cruz celta de plata sobredorada, 2.10 centímetros de ancho de cada brazo, orlado del mismo metal en todas sus partes visibles; brochante, medalla circular de plata sobredorada, de 4,5 centímetros de diámetro total, representativa de cinco figuras estilizadas de persona, abrazadas, del mismo metal, sobrepasando, en jefe y punta, de plata sobredorada, la leyenda que, en sinople o verde, y con doble grafila, lisa de plata sobredorada, indica en letras, también de plata sobredorada, a la diestra, ascendente, SOLIDARIDAD y a la siniestra, descendente, SOCIAL; del brazo inferior de la Cruz, y tras él, parte una corona de laurel, sinople o verde, perfilada de plata sobredorada, que termina en los bordes laterales del brazo superior de la Cruz. Al reverso, Cruz celta, plena y llana, de plata sobredorada, cargada del Escudo de España, de 3,3 centímetros de altura total y 3 centímetros de anchura total, de plata sobredorada, bordeada de la corona de laurel, sinople o verde, perfilada de plata sobredorada, cuyas dos ramas se cruzan en el centro del brazo inferior de la Cruz y que termina en los bordes laterales del brazo superior de la propia Cruz.

B. Cruz de oro.

Pendiente de cinta carmesí, con pasador de plata sobredorada; al anverso, la misma composición que para la Gran Cruz; al reverso, la misma composición que para la Gran Cruz, pero la corona de laurel será de plata sobredorada.

C. Cruz de plata.

Pendiente de cinta carmesí, con pasador de plata; al anverso, la misma composición que para la Gran Cruz, pero todo el metal será plata; al reverso la misma composición que para la Gran Cruz, pero totalmente de plata, incluida la corona de laurel.

Se modifican las letras A y B por el art. único.1 de la Orden de 9 de julio de 1997. Ref. BOE-A-1997-16276.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-07-22.

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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1997-16276.

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