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Real Decreto Vigente

Art. 28. Organización.

Art 28 del Real Decreto 2772/1978, de 29 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España y de su Consejo General. · BOE-A-1978-29483

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-12-21.

Texto consolidado

Al frente de cada Delegación habrá un Delegado, que estará asistido por una Comisión colaboradora. Esta Comisión será de libre elección por el Delegado y a ella pertenecerán las Subdelegados, el los hubiera, en la provincia.

Atendiendo a cada Subdelegación habrá un Subdelegado, que dependerá de la Delegación a que pertenezca, y ante la cual servirá de enlace. Representará al Colegio en el ámbito que le es propio y asumirá las funciones que le confiera el Reglamento interno del Colegio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1978-12-21.

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