Resolución de 27 de diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece la anotación obligatoria en el Registro Central de Personal de algunos permisos y licencias por conciliación de la vida personal y laboral.
BOE-A-2018-17877 · Boletín Oficial del Estado, 2018-12-28 · Ministerio de Política Territorial y Función Pública
BOE-A-2018-17877 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 2018-12-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 313, 2018-12-28
- Entrada en vigor
- 2019-01-01
- Departamento
- Ministerio de Política Territorial y Función Pública
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 2
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-17877
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento del Registro Central de Personal, aprobado por Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre, establece en su artículo 13.1 a) y b) que serán objeto de anotación obligatoria en el Registro Central de Personal las licencias y permisos que tuvieran repercusión en nómina o en el cómputo del tiempo de servicio activo.
Por su parte, el artículo 13.2 del citado Reglamento establece que se podrán anotar en el Registro Central de Personal cualesquiera otros actos, resoluciones y datos cuya anotación esté legal o reglamentariamente establecida o así se determine por la Secretaría de Estado de Función Pública.
Índice del articulado
Normas a las que afecta (1)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2018-17877?
- BOE-A-2018-17877 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2018-17877?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.