El Vínculo El Vínculo.
Resolución Vigente

Primero.

Primero de la Resolución de 27 de diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece la anotación obligatoria en el Registro Central de Personal de algunos permisos y licencias por conciliación de la vida personal y laboral. · BOE-A-2018-17877

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Texto consolidado

Se anotarán en el Registro Central de Personal los siguientes permisos y licencias del personal funcionario, con independencia de sus efectos económicos:

– Permiso por parto.

– Permiso de paternidad.

– Licencia por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural.

– Permiso acumulado en jornadas completas por lactancia de un hijo menor de doce meses.

– Permiso por adopción, por guarda con fines de adopción o acogimiento.

– Permiso retribuido para funcionarias en estado de gestación.

Igualmente se anotará en el Registro Central de Personal el permiso acumulado en jornadas completas por lactancia de un hijo menor de doce meses reconocido en la norma convencional aplicable al personal laboral al servicio de la Administración General del Estado, con independencia de sus efectos económicos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Más artículos de BOE-A-2018-17877

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2018-17877 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.