Resolución de 25 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establecen las condiciones de uso de la plataforma FACe-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado.
BOE-A-2014-6787 · Boletín Oficial del Estado, 2014-06-28 · Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
BOE-A-2014-6787 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula las condiciones de uso de la plataforma FACe, que es el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado. Aplica a todas las Administraciones Públicas, incluidas Comunidades Autónomas y Entidades Locales, desde su publicación el 26 de junio de 2014.
Los puntos clave de esta resolución incluyen la obligación de las Administraciones de adherirse al uso de la plataforma FACe para la gestión de facturas electrónicas, lo que busca mejorar la eficiencia y reducir la morosidad en los pagos. Además, establece que las condiciones de uso serán publicadas en la plataforma FACe y en el Centro de Transferencia de Tecnología de la Administración General del Estado, garantizando así la transparencia y accesibilidad de la información. Esta norma no está derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 2014-06-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 157, 2014-06-28
- Entrada en vigor
- 2014-06-29
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 3
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-6787
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) contempla diversas reformas estructurales para mejorar la eficiencia así como erradicar la morosidad de las Administraciones Públicas. Fruto de esas reformas estructurales es la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
En el Preámbulo de la citada Ley, se recoge que uno de los elementos clave para mejorar la competitividad de las empresas consiste en reducir la morosidad de las Administraciones Públicas, ya que esto permitirá, a su vez, reducir sus necesidades de financiación y evitar los efectos negativos que dicha morosidad genera sobre su empleo y su propia supervivencia.
Índice del articulado
- 1. Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución, en cuyo anexo figuran las condiciones de uso del Punto General de Entrada de Facturas Electrónic…
- 2. Las citadas condiciones de uso serán, así mismo, publicadas en la plataforma electrónica FACe http://www.face.gob.es y en el Centro de Transferencia de Tecnología –CTT– de la…
- 3. Esta Resolución surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2014-6787?
- BOE-A-2014-6787 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2014-6787?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.