Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el I Acuerdo de movilidad del personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado.
BOE-A-2018-15838 · Boletín Oficial del Estado, 2018-11-20 · Ministerio de Política Territorial y Función Pública
BOE-A-2018-15838 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula el I Acuerdo de movilidad del personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado, con el objetivo de facilitar la provisión de puestos de trabajo y promover la movilidad y la promoción profesional de los funcionarios. Aplica a todos los funcionarios de la Administración General del Estado desde su publicación el 16 de noviembre de 2018.
Los puntos clave incluyen la obligación de convocar al menos un concurso anual de méritos por cada Ministerio, en el que se incluirán todos los puestos vacantes. También se establece que la valoración de méritos tendrá en cuenta la experiencia laboral y la formación recibida, priorizando la conciliación de la vida personal y laboral en la adjudicación de puestos. Además, se implementará un modelo único de certificado de méritos para estandarizar el proceso de valoración en los concursos. Esta norma no está derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 2018-11-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 280, 2018-11-20
- Entrada en vigor
- 2018-11-20
- Departamento
- Ministerio de Política Territorial y Función Pública
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-15838
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La provisión de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado tiene especial trascendencia, dada la necesidad de garantizar en todo momento la prestación eficaz de los servicios, promoviendo al mismo tiempo la movilidad de los funcionarios y las funcionarias y su promoción profesional.
Por ello es preciso contar con unos criterios comunes de provisión en los distintos Ministerios y Organismos, acordados con las organizaciones sindicales más representativas en este ámbito, dirigidos a regular uniformemente esta materia mediante la implantación de procedimientos que permitan una mayor agilidad en la cobertura de puestos de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia y publicidad.
Índice del articulado
- Primero.
- Segundo.
- Primero. Criterios generales.
- Segundo. Carácter de la convocatoria.
- Tercero. Valoración del trabajo desarrollado.
- Cuarto. Cursos de formación y perfeccionamiento.
- Quinto. Conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
- Sexto. Méritos específicos.
- Séptimo. Certificado de méritos.
- Octavo. Certificado de funciones.
- Noveno. Valoración de situaciones originadas con motivo de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
- Décimo. Listados provisionales de adjudicación de puestos.
- Undécimo. Renuncias y desistimientos a la participación en los concursos.
- Duodécimo. Limitaciones a la participación en las convocatorias de concurso.
- Decimotercero. Concurso unitario.
- Primero. Ocupación provisional de puestos de trabajo.
- Segundo. Movilidad interadministrativa.
- Tercero. Traslados por motivos de salud.
- Cuarto. Atribución temporal de funciones.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2018-15838?
- BOE-A-2018-15838 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2018-15838?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.