Real Decreto 725/2017, de 21 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia.
BOE-A-2017-8753 · Boletín Oficial del Estado, 2017-07-25 · Ministerio de Hacienda y Función Pública
Real Decreto 725/2017 está derogada desde el 2018-08-26: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 725/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-07-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 176, 2017-07-25
- Entrada en vigor
- 2017-07-26
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Función Pública
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2018-08-26
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 21
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-8753
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia hasta el nivel de Dirección General, al amparo de lo previsto en el artículo 59 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La disposición final segunda del citado Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, determina la necesidad de completar la organización de cada ministerio, adaptándola a su nueva estructura básica, mediante la promulgación de un real decreto de desarrollo.
Este real decreto da cumplimiento a la previsión anterior, desarrollando la estructura del Ministerio de Justicia hasta el nivel de Subdirección General de acuerdo con criterios de austeridad, eficacia y eficiencia en la gestión del departamento.
Índice del articulado
- Artículo 1. Organización general del Departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Justicia.
- Artículo 3. Secretaría General de la Administración de Justicia.
- Artículo 4. Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
- Artículo 5. Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
- Artículo 6. Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
- Artículo 7. Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones.
- Artículo 8. Subsecretaría de Justicia.
- Artículo 9. Secretaría General Técnica.
- Artículo 10. Dirección General de los Registros y del Notariado.
- Artículo 11. Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
- Disposición adicional primera. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.
- Disposición adicional segunda. Adscripción de Abogados del Estado al Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Disposición adicional tercera. Consolidación de las unidades TIC.
- Disposición transitoria primera. Funciones residuales en materia de objeción de conciencia y prestación social sustitutoria.
- Disposición transitoria segunda. Delegación de competencias.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Catálogo de funciones, competencias y procesos de trabajo de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 725/2017?
- Real Decreto 725/2017 está derogada desde el 2018-08-26: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 725/2017?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 725/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.