Real Decreto 379/2014, de 30 de mayo, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de autorización de establecimientos, higiene y trazabilidad, en el sector de los brotes y de las semillas destinadas a la producción de brotes.
BOE-A-2014-6085 · Boletín Oficial del Estado, 2014-06-09 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 379/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 379/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-05-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 139, 2014-06-09
- Entrada en vigor
- 2014-06-10
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-6085
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En las últimas décadas, la Unión Europea (UE) ha llevado a cabo un extenso desarrollo normativo en lo referente a legislación alimentaria, con el objeto, entre otros, de garantizar la seguridad y la inocuidad de los productos alimentarios de la Unión Europea. En este sentido, el Reglamento (CE) n.º 178/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria, establece el marco comunitario de regulación en materia alimentaria.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Administraciones competentes.
- Artículo 4. Obligaciones de los operadores productores de brotes.
- Artículo 5. Autorización y registro de operadores productores de brotes.
- Artículo 6. Criterios microbiológicos.
- Artículo 7. Laboratorios.
- Artículo 8. Requisitos en materia de trazabilidad de los brotes y de las semillas destinadas a la producción de brotes.
- Artículo 9. Requisitos de certificación aplicables a las importaciones de brotes y semillas destinadas a la producción de brotes.
- Artículo 10. Régimen sancionador.
- Disposición transitoria primera. Autorización de operadores productores de brotes actualmente en funcionamiento.
- Disposición transitoria segunda. Requisitos de certificación aplicables a las importaciones de brotes y semillas destinadas a la producción de brotes.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de modificación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | el art. 7.1, por Real Decreto 578/2017, de 12 de junio |
Normas a las que afecta (5)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Reglamento (UE) 208/2013, de 11 de marzo |
| Cita | Reglamento (UE) 209/2013, de 11 de marzo |
| Cita | Reglamento (UE) 210/2013, de 11 de marzo |
| Cita | Reglamento (UE) 211/2013, de 11 de marzo |
| De conformidad con | Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 379/2014?
- Real Decreto 379/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 379/2014?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 379/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.