Real Decreto 370/2021, de 25 de mayo, por el que se establecen disposiciones específicas para la aplicación en España del Reglamento (UE) 2019/4 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativo a la fabricación, la comercialización y el uso de piensos medicamentosos, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga la Directiva 90/167/CEE del Consejo, y de otras normas de la Unión Europea en materia de piensos y medicamentos, y se modifican diversos reales decretos en materia de ganadería.
BOE-A-2021-9495 · Boletín Oficial del Estado, 2021-06-08 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Real Decreto 370/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 370/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-05-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 136, 2021-06-08
- Entrada en vigor
- 2022-01-28
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 21
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-9495
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 157/1995, de 3 de febrero, por el que se establecen las condiciones de preparación, de puesta en el mercado y de utilización de los piensos medicamentosos, incorporó a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 90/167/CEE, del Consejo, de 26 de marzo de 1990, por la que se establecen las condiciones de preparación, de puesta en el mercado y de utilización de los piensos medicamentosos en la Comunidad. Posteriormente, esta norma fue derogada por el Real Decreto 1409/2009, de 4 de septiembre, por el que se regula la elaboración, comercialización, uso y control de los piensos medicamentosos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Control de la homogeneidad y de la contaminación cruzada.
- Artículo 4. Condiciones de autorización.
- Artículo 5. Establecimientos que no requieren autorización.
- Artículo 6. Comercialización de piensos medicamentosos para animales de compañía en establecimientos comerciales detallistas.
- Artículo 7. Investigación.
- Artículo 8. Exportación.
- Artículo 9. Recogida o eliminación de piensos medicamentosos y productos intermedios no utilizados o caducados y de sus envases.
- Artículo 10. Controles y otras actividades de las autoridades competentes.
- Artículo 11. Régimen sancionador.
- Disposición transitoria primera. Contaminación cruzada.
- Disposición transitoria segunda. Homogeneidad.
- Disposición transitoria tercera. Aplicación de los requisitos para la autorización.
- Disposición transitoria cuarta. Establecimientos autorizados.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raz…
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 629/2019, de 31 de octubre, por el que se regula el registro general de establecimientos en el sector de la alimentación…
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Habilitación normativa.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (8)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 370/2021?
- Real Decreto 370/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 370/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.