Real Decreto 267/2022, de 12 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
BOE-A-2022-6045 · Boletín Oficial del Estado, 2022-04-13 · Ministerio de Hacienda y Función Pública
Real Decreto 267/2022 está derogada desde el 2024-11-29: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 267/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-04-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 88, 2022-04-13
- Entrada en vigor
- 2022-04-14
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Función Pública
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2024-11-29
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 37
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-6045
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 585/2021, de 16 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales reestructuró los departamentos ministeriales con el objeto de impulsar los objetivos prioritarios para España, desarrollar el programa político del Gobierno y lograr la máxima eficacia en su acción y la mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración General del Estado. Dicho real decreto asigna al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación la propuesta y ejecución de la política exterior, de las relaciones con la Unión Europea y de la cooperación internacional al desarrollo, de conformidad con las directrices del Gobierno y en aplicación del principio de unidad de acción en el exterior.
Índice del articulado
- Artículo 1. Organización general del Departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales.
- Artículo 3. Dirección General de Política Exterior y de Seguridad.
- Artículo 4. Dirección General de Naciones Unidas, Organismos Internacionales y Derechos Humanos.
- Artículo 5. Dirección General para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo.
- Artículo 6. Dirección General para África.
- Artículo 7. Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico.
- Artículo 8. Secretaría de Estado para la Unión Europea.
- Artículo 9. Secretaría General para la Unión Europea.
- Artículo 10. Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales de la Unión Europea.
- Artículo 11. Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias.
- Artículo 12. Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa.
- Artículo 13. Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo.
- Artículo 14. Dirección General para Iberoamérica y el Caribe.
- Artículo 15. Dirección General del Español en el Mundo.
- Artículo 16. Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.
- Artículo 17. Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible.
- Artículo 18. Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
- Artículo 19. Secretaría General Técnica.
- Artículo 20. Dirección General del Servicio Exterior.
- Artículo 21. Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares.
- Artículo 22. Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes.
- Artículo 23. Dirección General de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes.
- Artículo 24. Dirección General de Diplomacia Económica.
- Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
- Disposición adicional segunda. Referencias normativas a órganos suprimidos.
- Disposición adicional tercera. Delegación de competencias.
- Disposición adicional cuarta. Suplencia de las personas titulares de los órganos directivos.
- Disposición adicional quinta. Academia de España en Roma.
- Disposición adicional sexta. Red de casas.
- Disposición adicional séptima. Consolidación de unidades TIC.
- Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Autorización para la modificación de la regulación o supresión de los órganos colegiados, grupos y comisiones de trabajo ministeriales.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo y ejecución.
- Disposición final tercera. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 267/2022?
- Real Decreto 267/2022 está derogada desde el 2024-11-29: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 267/2022?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 267/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.