Artículo 7. Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico.
Artículo 7 del Real Decreto 267/2022, de 12 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. · BOE-A-2022-6045
Atención: Real Decreto 267/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Corresponde a la Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico el ejercicio de las siguientes competencias:
a) La propuesta y ejecución de la política exterior de España en su área geográfica correspondiente.
b) El impulso de las relaciones bilaterales con los países que engloba.
c) El seguimiento de las iniciativas y foros multilaterales del área geográfica de su competencia.
d) El impulso a las Fundaciones Consejo España-Estados Unidos, España-China, España-Japón, España-India y España-Australia.
2. La Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico se estructura en los siguientes órganos directivos, con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de América del Norte, a la que corresponde, en su ámbito geográfico, el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a), b) y c) del apartado anterior; la coordinación de la ejecución y el seguimiento del Convenio de Cooperación para la Defensa entre el Reino de España y los Estados Unidos de América; y la elaboración y puesta en marcha del Plan de Acción hacia la Comunidad Hispana en EE.UU.
b) La Subdirección General de Europa Oriental y Asia Central, a la que corresponde, en su ámbito geográfico, el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a) b) y c) del apartado anterior.
c) La Subdirección General de Asia Meridional y Oriental, a la que corresponde, en su ámbito geográfico, el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a), b) y c) del apartado anterior.
d) La Subdirección General de Pacífico, Sureste Asiático y Filipinas, a la que corresponde, en su ámbito geográfico, el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a), b) y c) del apartado anterior, el seguimiento de los asuntos de la ASEAN y otros foros regionales en Asia-Pacífico, y del proceso ASEM.
3. Está adscrita a la Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico la Vicepresidencia de la Sección Española del Comité Permanente Hispano-norteamericano.