Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
BOE-A-2012-1312 · Boletín Oficial del Estado, 2012-01-28 · Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Real Decreto 256/2012 está derogada desde el 2017-07-29: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 256/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-01-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 24, 2012-01-28
- Entrada en vigor
- 2012-01-28
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2017-07-29
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 40
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-1312
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas hasta el nivel de Dirección General, al amparo de lo previsto en el artículo 10.1 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
La disposición final segunda del citado real decreto determina la necesidad de completar la organización de cada ministerio, adaptándola a su nueva estructura básica, mediante la promulgación de un real decreto de desarrollo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Organización general del departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Hacienda.
- Artículo 3. Dirección General de Tributos.
- Artículo 4. Dirección General del Catastro.
- Artículo 5. Tribunal Económico-Administrativo Central.
- Artículo 6. Dirección General de Ordenación del Juego.
- Artículo 7. Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
- Artículo 8. Dirección General de Presupuestos.
- Artículo 9. Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.
- Artículo 10. Dirección General de Fondos Comunitarios.
- Artículo 11. Intervención General de la Administración del Estado.
- Artículo 12. Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
- Artículo 13. Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local.
- Artículo 13 bis. Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
- Artículo 14. Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.
- Artículo 15. Dirección General de la Función Pública.
- Artículo 16. Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos.
- Artículo 17. Dirección General de Coordinación de la Administración Periférica del Estado.
- Artículo 18. Subsecretaría de Hacienda y Administraciones Públicas.
- Artículo 19. Secretaría General Técnica.
- Artículo 20. Dirección General del Patrimonio del Estado.
- Artículo 21. Inspección General.
- Artículo 22. Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.
- Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
- Disposición adicional segunda. No incremento del gasto público.
- Disposición adicional tercera. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.
- Disposición adicional cuarta. Órganos colegiados del departamento.
- Disposición adicional quinta. Carácter transitorio de la Dirección General de Ordenación del Juego.
- Disposición adicional sexta. Adaptación del Plan de Acción de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios.
- Disposición adicional séptima. Delegación de competencias.
- Disposición adicional octava. Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
- Disposición adicional novena. Comisionado para el Mercado de Tabacos.
- Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General.
- Disposición transitoria segunda. Órganos Colegiados de Contratación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
- Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final tercera. Modificación de la composición del Consejo Rector de Incentivos Regionales.
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 63/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Estudios Fiscales.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (14)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 256/2012?
- Real Decreto 256/2012 está derogada desde el 2017-07-29: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 256/2012?
- El BOE registra 14 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 256/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.