Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.
BOE-A-2013-3210 · Boletín Oficial del Estado, 2013-03-23 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 219/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 219/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-03-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 71, 2013-03-23
- Entrada en vigor
- 2013-03-24
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 27
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-3210
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Los aparatos eléctricos y electrónicos (en adelante, AEE) son productos muy complejos que generalmente incluyen numerosas piezas y componentes fabricados con materiales muy diversos y de diferente naturaleza. Básicamente se trata de metales (férreos y no férreos), plásticos, vidrios y otros materiales (madera, caucho, cartón, etc.).
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Autoridades de vigilancia del mercado.
- Artículo 5. Vigilancia del mercado.
- Artículo 6. Medidas de prevención.
- Artículo 7. Solicitud de concesión, prórroga o revocación de exención.
- Artículo 8. Obligaciones de los fabricantes.
- Artículo 9. Obligaciones de los representantes autorizados.
- Artículo 10. Obligaciones de los importadores.
- Artículo 11. Obligaciones de los distribuidores.
- Artículo 12. Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y los distribuidores.
- Artículo 13. Identificación de los agentes económicos.
- Artículo 14. Declaración UE de conformidad.
- Artículo 15. Principios generales del marcado CE.
- Artículo 16. Reglas y condiciones para la colocación del marcado CE.
- Artículo 17. Presunción de conformidad.
- Artículo 18. Régimen sancionador.
- Disposición adicional única. Aplicación de otra normativa.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio para determinados AEE.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio relativo a las autoridades competentes en materia de vigilancia del mercado.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Aplicación diferida.
- Disposición final cuarta. Desarrollo, aplicación y adaptación del real decreto.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (16)
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 219/2013?
- Real Decreto 219/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 219/2013?
- El BOE registra 16 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 219/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.